NOTICIAS 4 DE AGOSTO DE 2011

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Boletín de prensa 4 de agosto de 2011

 

EL TIEMPO

 

AMPLIACIÓN DE LICENCIA DE MATERNIDAD DEJA INTERROGANTES, DICE EXPERTA

 

Asegura que ley de licencia de maternidad debe ser regulada con precisión para evitar ambigüedades.

La Ley 1468 constituye una reivindicación de los derechos de la mujer trabajadora embarazada, considerada por la Corte Constitucional como sujeto especial que merece una protección y una estabilidad reforzada por parte del sistema jurídico. Sin embargo, esta disposición nos deja algunos interrogantes.

En primer lugar, es claro que con la nueva ley toda trabajadora en estado de embarazo tendrá una licencia remunerada de 14 semanas en la época del parto, con lo que se aumentan dos semanas respecto de la legislación anterior. Una gran novedad fue que el legislador regulara dos situaciones que se encontraban ausentes: el parto prematuro y el parto múltiple.

Según la OMS, parto prematuro o pretérmino es aquel que se produce antes de completar las 37 semanas de edad gestacional. Es de resaltar que, según datos epidemiológicos, aproximadamente el 10 por ciento de todos los nacimientos en el mundo ocurren de manera prematura, cifra que tiende al aumento, entre otras razones, como consecuencia de las técnicas de reproducción asistida.

En cuanto a esta excepción, la ley establece que para hacer el cálculo de la licencia se tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término.

En nuestro análisis, el legislador yerra al referirse en esta disposición a "fecha gestacional", pues el término técnico es edad gestacional, que se calcula a través de varios métodos científicos, que van desde la fecha de la última menstruación, pasando por las ecografías del primer trimestre, hasta el examen físico del recién nacido.

Con base en lo anterior, se entiende que el nacimiento a término es solo verificable cuando, después del nacimiento, se hace evidente que la criatura tiene al menos 37 semanas de edad gestacional.

El siguiente ejemplo ilustra una forma de efectuar el cálculo, de acuerdo con lo que conjeturamos que quiso decir la ley: supongamos que una mujer tiene a su hijo o a su hija en la semana 34, es decir, el parto es prematuro.

La madre tendrá entonces derecho a disfrutar de 14 semanas, más tres adicionales, para un total de 17 semanas de licencia de maternidad.

Es necesario precisar aquí que el embarazo es un contínuum fisiológico, y la probabilidad de morir en los primeros 28 días de vida de un recién nacido con 37 semanas de edad gestacional es de 0,66 por ciento, el doble del que nace en la semana 39.

En cuanto al parto múltiple, es decir, cuando el número de nacidos es igual o superior a dos, se concederán 16 semanas por licencia de maternidad.

Según criterio médico, es común que un parto múltiple sea prematuro; por tanto, el legislador los reguló dentro del mismo numeral, y aclaró que se deberá tener en cuenta el mismo cálculo realizado en el evento del parto prematuro para conceder la licencia de maternidad y, sobre ese resultado, se adicionarán dos semanas más.

 

Siguiendo el ejemplo antes desarrollado, en el caso que ese parto hubiese sido múltiple y prematuro, la madre tendría derecho a una licencia de maternidad de 19 semanas (tres adicionales por prematurez y dos más por gestación múltiple).

Otra novedad es que en caso de fallecimiento de la madre antes de haber terminado la licencia de maternidad, el empleador del padre del niño le concederá una licencia de igual duración al tiempo que faltare, hasta que expire el período de licencia concedido a la madre.

Pero, con respecto a lo anterior, surgen algunas inquietudes: ¿Cuál de las EPS debe pagar la licencia?, ¿la EPS de la madre fallecida o la del cónyuge o compañero supérstite?

Si la madre tuviese un salario inferior al del padre, ¿cuál sería el valor de la licencia de maternidad transferida al padre por los días faltantes?

Por otra parte, se debe precisar que la ley empezó a regir el 30 de junio del año en curso; por ello, a los partos ocurridos antes de la mencionada fecha no les son aplicables las disposiciones de la Ley 1468, debido a los efectos no retroactivos de la ley.

Y en cuanto a que la trabajadora tiene la obligación de disfrutar una de las dos semanas con anterioridad a la fecha probable de parto (licencia de maternidad preparto), cabe resaltar que lo único que constituye una novedad es que, ahora, la mujer está obligada a tomar la semana anterior a la fecha probable de parto, puesto que, desde la Ley 50 de 1990, en su Artículo 34, se estableció que la mujer embarazada gozaba del derecho a optar por disfrutar su licencia de maternidad dos semanas antes de la fecha del alumbramiento.

Así las cosas, esta ley requiere una reglamentación que aclare los postulados en ella contenidos. El Gobierno debe adquirir el compromiso de hacer seguimiento a las repercusiones en la contratación laboral de mujeres, ya que la maternidad es una de las razones por las cuales las mujeres se han visto marginadas del mercado laboral, y es probable que se presenten casos de discriminación en el acceso al empleo.

 

'La nueva ley favorece el vínculo entre la madre y el recién nacido'

 

Hernando Baquero* / Especial para EL TIEMPO

* Decano de la División Ciencias de la Salud, Universidad del Norte, Barranquilla.

Al aumentar la ley el período de las licencias de maternidad, se favorece de manera general la posibilidad de que más niños reciban durante más tiempo lactancia materna, lo cual, sin duda, redundará en mayor bienestar para nuestra población infantil.

Obliga, siempre y cuando no medie una situación de urgencia médica, al disfrute de una semana de licencia antes del nacimiento. Esta semana le permite a la madre prepararse de mejor forma, física y mentalmente, para la llegada de su hijo o su hija.

Hace un trato diferencial de los nacimientos prematuros (niños pretérmino) y los nacimientos múltiples. Estos grupos de recién nacidos han crecido en los últimos años y, en conjunto, ya representan un poco más del 10 por ciento de todos los nacimientos.

El permitirles a las madres acompañar ahora el proceso de recuperación de los prematuros (se les reconoce como licencia también las semanas que le faltaron al embarazo para alcanzar el término, que es 37 semanas) mejorará la recuperación de ellos y, como ha sido demostrado por múltiples estudios, favorecerá la generación de afecto entre la madre y el recién nacido enfermo, con lo que se previene de manera colateral el maltrato infantil.

Debemos también anotar que, desde el punto de vista médico, el cálculo de la edad gestacional (esto es, la edad en semanas con que se nace) se hace en la mayoría de los casos por métodos indirectos, los cuales pueden llegar a tener hasta dos semanas de margen de error, lo cual podría llegar a generar confusión en la aplicación de la ley.

 

GOBIERNO SE MANTENDRÁ EN PROPUESTA DE ELIMINAR LA JUDICATURA

 

A las 11 de la mañana, ministro del Interior radicará el proyecto de reforma a la justicia.

Ante el Congreso de la República, el Ministro Germán Vargas Lleras radicará esta iniciativa del Gobierno.

 

Tras no lograr una concertación total con las cortes, el Ministerio del Interior insistirá en la eliminación de la Sala Disciplinaria y la Administrativa, del Consejo Superior de la Judicatura.

También se plantean medidas excepcionales de descongestión judicial en los próximos cinco años.

 

RADICAN EN LA CÁMARA SEGUNDO PROYECTO DE LEY PARA MATRIMONIOS GAY

 

La iniciativa modificaría conceptos de matrimonio y familia en tres leyes vigentes actualmente.

El representante a la Cámara del Partido Liberal, Guillermo Rivera, radicó este miércoles en la secretaría de la corporación el segundo proyecto que busca que se establezcan en Colombia las uniones de parejas del mismo sexo.

 Según el proyecto, el artículo 113 del Código Civil quedaría: "El matrimonio es un contrato solemne por el cual dos personas se unen con el fin de auxiliarse mutuamente".

 

Y el artículo tercero de la Ley de Protección Integral de la Familia quedaría:

 

"La familia se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla".

 La semana pasada, el representante de 'la U', Miguel Gómez, radicó otro proyecto en el cual se busca legalizar las uniones de parejas del mismo sexo a través de la creación de un contrato civil que cobije en seguridad social y derechos pensionales. 

La diferencia entre las iniciativas de Rivera y de Gómez es que en esta última no se contempla la modificación de los conceptos de matrimonio y familia.

 

SE REANUDA PUJA POR ELECCIÓN DEL DIRECTOR DE LA RAMA JUDICIAL

 

La elección está a cargo de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la judicatura.

Dos años ha demorado la elección del funcionario que tiene a su cargo la ejecución y administración del presupuesto de la Rama Judicial.

Los magistrados de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la judicatura se reúnen a para continuar la elección de una terna presentada por los presidentes de las cortes reunidos en la Comisión Interinstitucional de la Rama.

La terna está integrada por el fiscal Diógenes Villa, la economista Martha Catalina Velasco y la abogada Sandra Lisset Ibarra.

En la sesión pasada, el candidato más opcionado fue el fiscal Villa quien obtuvo el apoyo de 3 de los seis magistrados que integran la Sala Administrativa del Consejo Superior.

La economista Velasco, que fue secretaria de Planeación del suspendido alcalde Samuel Moreno, obtuvo el apoyo de dos magistrados y la abogada Ibarra solo obtuvo un voto.

El Director de la Rama debió posesionarse en agosto del 2009 pero la pelea que han sostenido las cortes y el Consejo Superior de la Judicatura por la elección de este funcionario clave para la justicia ha impedido su nombramiento.

La terna inicial presentada por los presidentes de las cortes, de la que hacía parte la abogada Ibarra, fue objetada por la Sala Administrativa de la Judicatura de ese entonces con el argumento de que uno de los candidatos, no reúne los requisitos.

Sin embargo, la lista de aspirantes la tumbó otro de los ternados que presentó una tutela que fue fallada a su favor. El caso terminó en la Corte Constitucional que al revisar el fallo consideró que se debía corregir el proceso y ordenó nombrar nuevamente a los aspirantes.

 

EN UNIVERSIDAD VETAN A EXPERTOS QUE APOYAN ABORTO

 

El evento fue cancelado por orden del rector (e) de la Pontificia Bolivariana de Medellín.

La presencia de reconocidos expertos en temas sobre aborto y unión de parejas del mismo sexo, en un congreso sobre justicia organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana, generó que las directivas de esa institución cancelaran el certamen y que la decana María Cristina Gómez renunciara.

Ayer, en una movilización poco habitual en la UPB, un grupo de estudiantes suspendieron las clases por unas horas para discutir la decisión tomada por las directivas y manifestar su temor porque se estuviera violando la libertad de cátedra, al restringir el tratamiento de algunos temas en espacios de deliberación.

La polémica se derivó luego de que las directivas de la universidad decidieran no llevar a cabo el congreso 'Los debates actuales de la justicia. Las reflexiones postergadas', porque, según el rector encargado, sacerdote Jorge Iván Ramírez Aguirre, el evento, en el que participaban egresados, era académico y no tenía cabida para tratar temas sobre aborto y el papel de la Iglesia ante las decisiones recientes de los legisladores colombianos, como los derechos de los homosexuales. "Muchos de los ponentes tenían artículos contra la Iglesia y a favor del aborto, lo cual podría desatar una discusión", explicó Ramírez Aguirre, refiriéndose al currículo de algunos expositores y en particular del experto Robert Alexy, considerado uno de los filósofos del derecho contemporáneo de mayor reconocimiento mundial.

La decana saliente argumentó su decisión dejando claro a sus superiores que nunca las directivas le habían planteado que "para hacer un evento académico debía averiguar antes las posturas ideológicas de los ponentes; pues se entendía, que en el caso del evento de la Justicia, este no comprometía los principios institucionales que respeto y defiendo".

La renuncia de Gómez fue voluntaria y aceptada de manera inmediata desde España, por el rector titular, monseñor Luis Fernando Rodríguez, quien asiste a un evento académico en ese país.

"Se va, efectivamente, por lo que le plantea la institución (cancelar el congreso). Ella pudo sostener su propuesta, pero renuncia y se le acepta inmediatamente", apuntó el sacerdote Ramírez, al agregar que la decana argumentó que no quería que la identificaran con la decisión de suspender el evento conmemorativo de los 75 años de la universidad.

Luego de conocida la renuncia de la decana Gómez, el malestar de los estudiantes de la Facultad de Derecho de la UPB se evidenció con la realización de una asamblea en la que manifestaron su temor por una posible restricción de la libertad de cátedra.

Al final de la tarde, Agustín Botero, representante de los estudiantes, reportó la normalización de las actividades académicas y el consenso generalizado de los estudiantes.

"Creemos en las directivas de la Universidad, pero estaremos vigilantes a los procesos de debate sobre temas de interés general", afirmó.

Una de las promesas hechas por el rector encargado a los estudiantes fue la realización en los próximos días de una cátedra con Robert Alexy y otros juristas internacionales y nacionales.

"Queremos que sea un debate abierto, y con esto demostrar que sí hay libertad de cátedra", concluyó Ramírez Aguirre.

 

LA POLÉMICA DEL ABORTO

 

Lo apropiado es permitir a cada persona actuar según su conciencia.

    Se va a discutir en el Congreso un proyecto de reforma constitucional para anular la decisión de la Corte de despenalizar el aborto en tres casos muy precisos. De este modo, otra vez las mujeres violadas, o que abortan porque el embarazo les impide recibir un tratamiento que puede salvar su vida, o que están convencidas de que continuar el embarazo cuando el feto tiene una deformación grave convertirá su vida y la del hijo en una tragedia sin salida, podrán pasar años en la cárcel.

    Lo que en la práctica quedará prohibido son los abortos legales, que, pese a esa decisión, son una proporción pequeña de los que se hacen en Colombia: es improbable que más de uno de cada 100 abortos tenga autorización. El efecto de la sentencia ha sido que, en la vida real, los abortos efectuados por profesionales serios y en buenas condiciones de higiene, o con procedimientos sencillos, se han hecho más frecuentes, al alcance de grupos sociales menos privilegiados, mientras se reducen los clandestinos y peligrosos. Por esto, mientras que hace 10 años el aborto era la principal causa de mortalidad materna hoy es la tercera o cuarta: la legalización parcial del aborto no ha hecho que haya más abortos, sino menos mujeres muertas.

    Del mismo modo, la penalización en los casos extremos que hoy no se castigan no hará que haya menos abortos, pero morirán más mujeres. Por supuesto, esto se hace a nombre del derecho a la vida, en un país en el que no va a la cárcel ni siquiera uno de cada diez homicidas, y lo defienden ante todo los mismos hombres que se oponen a lo que sí podría reducir los abortos: la educación sexual más amplia y temprana y la mayor disponibilidad de anticonceptivos.

    Los argumentos teológicos y metafísicos son complejos, raras veces coherentes y nunca habrá consenso sobre ellos. Las mismas doctrinas que objetan la interrupción del embarazo sostienen que la pena de muerte es lícita en ciertos casos. En Colombia, los argumentos de quienes tenían la arrogancia de creer que sabían cuál era la voluntad de Dios llegaron en otros tiempos a extremos ridículos: hace 70 años los obispos colombianos sabían que la entrada de las mujeres a la universidad violaba la ley divina, como la violaban, según Monseñor M. A. Builes, las mujeres que montaban a caballo a horcajadas o se vestían con pantalones. Cuando estas creencias eran las de todos, no había que meter a la cárcel a las mujeres que abortaran: no lo hacían porque creían que pagarían en el infierno. Pero hoy, aunque el proyecto se defiende con el argumento de que el aborto contradice las creencias de las colombianas, hay que amenazar con sanciones drásticas porque esas creencias no influyen ya tanto en las decisiones de las mujeres.

    Como no hay una solución científica o filosófica clara, lo apropiado es permitir a cada persona actuar según su conciencia. Muchas mujeres creen que el feto, mientras no tenga un sistema nervioso básico ni pueda sufrir, no es una persona, y están dispuestas a sufrir la angustia del aborto, que siempre es terrible, cuando lo consideran la única salida frente a otras condenas inaceptables. No hay argumentos irrefutables para prohibírselo, y es abusivo imponerles las creencias de algunos y hacerles pagar por no compartirlas. Muchas creen que el aborto es un homicidio, y nadie podría obligarlas a practicarlo: tienen todo el derecho a no hacerlo, ni siquiera si saben que las deformidades del feto son tan graves que producirán una vida éticamente sin sentido. En un asunto tan angustioso y complejo, lo sensato es respetar la conciencia de las personas, tratar de influir sobre ellas mediante la argumentación y el debate, y respetar el derecho de las mujeres a tomar esta decisión con base en sus convicciones, y no en las de hombres acostumbrados a verlas como seres inferiores.

 

EL ESPECTADOR

 

SIN CONSENSO CON LAS CORTES, ESTE JUEVES GOBIERNO RADICA LA REFORMA A LA JUSTICIA

 

El ministro Germán Vargas Lleras presentará la iniciativa en la secretaría de Senado, teniendo en cuenta que el Congreso "tendrá la última palabra".

El Gobierno Nacional, pese a no haber llegado a un consenso con las Altas Cortes, radicará este jueves la reforma a la justicia anunciada por el presidente Juan Manuel Santos.

El ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, ya había manifestado que "no tenía reversa" la presentación de la reforma constitucional.

El principal objetivo del proyecto es darle "seguridad jurídica al país".

 

Detalles de la reforma:

 

*Reglamentación de la tutela: la polémica es las sentencias de cierre de una y otra corte.

*Descongestión: mecanismos excepcionales para los dos millones 200 mil procesos represados.

*Periodos de los magistrados: el Gobierno es partidario de ampliar los periodos de los altos juristas del país, elevando los requisitos para una magistratura.

Hace cerca de un mes se adelantaron dos días de deliberaciones entre el Gobierno y las Cortes, de donde se conoció no hubo consenso.

 

Los temas más complejos fueron la reglamentación de la acción de tutela, la modificación en el proceso para el nombramiento de fiscal general y la posibilidad de darles funciones jurisdiccionales a más personas de las que hoy prevé la Constitución, en pro de la descongestión de los tribunales.

Otros dos temas considerados neurálgicos fueron establecer la doble instancia para el juzgamiento de congresistas y la eliminación de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.

 

DIGNIDAD Y SEGURIDAD PARA LA JUSTICIA

 

Por: Rodolfo Arango

 

Los jueces están bajo fuego. La extrema derecha los ataca, cuestiona, acusa. A las descalificaciones pueden seguir los hechos.

Por aplicar tratados internacionales y proteger derechos fundamentales, los magistrados de la Corte Suprema son tenidos por simpatizantes de la guerrilla o en el mejor de los casos por “idiotas útiles”. La abrumadora evidencia de corrupción en el anterior gobierno, de la que ahora el actual presidente busca distanciarse, de poco sirve para desenmascarar el interés de algunos de mostrarse cual perseguidos políticos.

La camorra del expresidente Uribe es calculada. Se avecina la reforma constitucional a la justicia. Hace pocos días propuso la creación de un alto tribunal con la función exclusiva de revisar las condenas a militares. Si el asunto fuese algo aislado no habría que preocuparse demasiado. Pero el almirante Cely, comandante de las Fuerzas Militares, se dolió esta semana en entrevista a Caracol Radio por el debilitamiento del fuero militar y la falta de equilibrio en el trato jurídico a sus hombres. La presión a favor de una reforma que restituya prerrogativas del pasado aumenta pese a los magros resultados de la justicia penal y a las continuas condenas contra el Estado colombiano en la Corte Interamericana por violación a derechos humanos.

¿Dónde se sitúa el presidente en esta partida de póquer? Su reacción ante el apresamiento del exministro y el exsecretario de Uribe ha sido de respeto republicano por la justicia. No así sus reacciones por los fallos sobre la ilegal incautación internacional del computador de Reyes o por las condenas a Arias Cabrales o Plazas Vega. El presidente Santos se debate entre su admiración por la doctrina del “mal menor” y su nuevo talante democrático. El expresidente Uribe alimenta el dilema presidencial cuando expresa su deseo de que “los escándalos de corrupción no sean otro falso positivo”. ¡Vaya divorcio!, espeta Juan Carlos Pastrana con su acostumbrado tino.

Mal sabor queda en la opinión pública la reclusión de civiles en cuarteles militares. La situación de riesgo no resulta razón suficiente para otorgar un trato privilegiado a altos funcionarios investigados por la presunta comisión de delitos durante el desempeño del servicio público. Para evitar la justicia de clases es procedente reforzar las medidas de seguridad dentro de los establecimientos carcelarios ordinarios, no burlar las resoluciones judiciales. Se obedece pero no se cumple. Además, recluir presuntas víctimas de “magistrados politizados” en un mismo espacio con militares que se sienten maltratados por los jueces, potencia la tentación de convertir intereses particulares en causas públicas.

La reforma constitucional a la administración de justicia no llega en buen momento. La fase final de todo conflicto armado aumenta el riesgo de degradación. Los actos terroristas de las Farc y el uso de civiles como escudos humanos en clara violación del Derecho Internacional Humanitario reflejan el recrudecimiento de la confrontación bélica. En este contexto, como lo ha advertido oportunamente Francisco Gutiérrez en El Espectador, el paso firme de la justicia puede conducir a un campo minado. Ningún motivo hay para cesar la digna y valerosa acción de la Rama Judicial, siempre sujeta a publicidad y crítica bien fundada. Más razón para rodear a los jueces y magistrados en su defensa del Estado de Derecho y para rechazar los intentos de involucrarlos en política o en su prolongación por otros medios.

 


DEBATE POR LA VIDA

Por: Ernesto Yamhure

 

Ayer quedó planteado el debate más interesante que se dará en Colombia durante los próximos meses, por cuenta del proyecto de acto legislativo que busca modificar el artículo 11 de la Constitución para evitar que, bajo ninguna circunstancia, en nuestro país se practiquen abortos y eutanasias.

De prosperar la iniciativa, el precepto constitucional dirá que “El derecho a la vida es inviolable y recibirá igual protección desde la fecundación hasta la muerte natural. No habrá pena de muerte”. Así las cosas, se acogería la tesis que sostiene que la vida comienza desde el mismo instante de la inseminación.

Los defensores del aborto justifican esta práctica antes de la duodécima semana, argumentando que durante ese lapso sólo hay una mera expectativa de vida. La tesis es rocambolesca. Si aquello fuera cierto, estaríamos frente a una situación que sólo puede entenderse como si se tratara de un acto de magia: desde el día 1 hasta el 119, ¿qué hay en el vientre de la mujer? ¿Acaso habita allí una rata que de manera sorprendente el día 120 se convierte en un ser humano?

El proyecto de reforma a la Constitución es liderado por el conservatismo y cuenta con la compañía de significativos representantes de otros partidos, como Miguel Gómez Martínez. Aquello es importante, pero hay un elemento aún más fuerte: el texto radicado llegó al Capitolio respaldado por la firma de cinco millones de ciudadanos. No la tendrán fácil los legisladores que se oponen a esa iniciativa.

El Congreso fue elegido con poco más de 13 millones de votos. Resulta que el 38% de ese electorado suscribió las planillas de apoyo a la norma que busca blindar a Colombia contra el aborto y la eutanasia.

Dada la importancia del tema en discusión, se espera que las deliberaciones se den sin que los defensores del aborto satanicen a los parlamentarios que respaldan la propuesta conservadora.

Hay quienes creen que el proyecto se va a hundir. Si aquello sucediera, el legislador está en la obligación de regular de una vez por todas y para siempre el fundamental asunto de la objeción de conciencia.

A comienzos de este año, el catedrático español Joaquín Navarro-Valls publicó el libro Conflictos entre conciencia y ley, obra que se concentra en sustentar la tesis que sostiene que la objeción de conciencia es medular y no marginal en el ordenamiento jurídico y por eso termina siendo un asunto fundamental en términos de los derechos humanos. Esa publicación debería ser estudiada por quienes van a intervenir activamente en este debate.

Pero pensemos positivamente. El Congreso de la República no puede legislar a espaldas del pueblo que representa. El proyecto presentado ayer por el Partido Conservador está avalado por millones de ciudadanos que demandan que el constituyente en el que se ha derivado la potestad de modificar la carta política, actúe acorde con sus deseos.

Un comportamiento diferente, se entenderá como una contravención al principio de la representatividad que menoscabará aún más la credibilidad y seriedad de aquella rama del poder que no puede olvidar que su función esencial consiste en llevar la vocería del pueblo.

 

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Quiero pedirle a mi amigo que tenga presente las palabras de santa Teresa de Ávila: Nada te turbe, nada te espante, todo se pasa. Dios no se muda, la paciencia todo lo alcanza. Quien a Dios tiene nada le falta, sólo Dios basta.

 

SANCIÓN SOCIAL O CONTROL POLÍTICO

 

Por: José Fernando Isaza

 

Bobbio decía que para preservar la democracia y el Estado de Derecho se debía optar por la ley, aun con prelación a la equidad. Si hay leyes injustas deben ser derogadas y las que las sustituyan tendrán que reflejar los valores de una sociedad moderna.

En un país de alta concentración del ingreso y elevados niveles de pobreza y miseria, el Congreso aprueba una ley que permite transferir recursos fiscales a los sectores más ricos de la población; adicionalmente, la legislación no prohíbe que los agradecidos beneficiarios de esas dádivas financien las aspiraciones políticas de quien les permitió ser más ricos. Para hacer aún más censurable el mecanismo, algunos de los beneficiarios recurren al engaño para así acrecentar más su fortuna.

Si al descubrirse las irregularidades del programa Agro Ingreso Seguro el Congreso hubiera reconocido lo lesivo que fue para el país el abuso de esa legislación, hubiera ejercido su poder de control político y censurado a los ministros involucrados; podría pensarse que el juicio penal, que en buena hora se inició, no hubiera desembocado en detenciones preventivas.

Es interesante observar que de las diferentes irregularidades cometidas por los funcionarios del Ministerio de Agricultura, la que los implica penalmente es la violación a las normas de contratación. Sin embargo, para la sociedad ha sido más lesivo el hecho de emplear recursos fiscales para concentrar aún más el ingreso de los colombianos. Pero este censurable resultado podría no estar prohibido. Los solicitados aportes monetarios para financiar las aspiraciones políticas de los implicados son realizados por personas naturales y no por las sociedades controladas por los agradecidos beneficiarios. Con esta sutileza, los imputados alegan que no violan la ley.

Las leyes deben reflejar la letra de la Constitución en el sentido de que Colombia es un Estado Social de Derecho. Por supuesto es casi imposible para un legislador prever el uso que los avivatos hacen de las normas para lucrarse.

Cuánto sufrimiento se hubiera ahorrado la sociedad colombiana si sus gobernantes, en lugar de afirmar que los delitos se cometen a sus espaldas, asumieran la responsabilidad política y renunciaran. Ésta es la diferencia entre un político y un estadista.

Un ejemplo más dramático del conflicto entre ley y equidad es el juicio de Nüremberg. No existía una legislación previa que permitiera a los vencedores someter a juicio a los vencidos. Umberto Eco señala que la humanidad no podía dejar impune esos crímenes de guerra, en particular el casi exterminio de la población judía europea. Algunos acusados alegaron que obedecieron leyes promulgadas por el Estado. La magnitud de los crímenes y la necesidad de enviar un claro mensaje a las generaciones futuras de no tolerar genocidios ni crímenes de guerra autorizaron, de hecho, el juicio a los jerarcas y a los jueces del Tercer Reich.

 

REVISTA SEMANA

 

PROYECTO CONTRA EL ABORTO TAMBIÉN PENALIZARÍA LA EUTANASIA Y LA FECUNDACIÓN IN-VITRO

 

Quienes se oponen al acto legislativo radicado este miércoles por los conservadores, aseguran que se vulnera la autonomía del individuo para decidir sobre su vida y familia. Métodos anticonceptivos como el DIU también podrían ser prohibidos.

El proyecto de reforma constitucional que radicó el partido Conservador con la idea de penalizar el aborto en toda su dimensión, tiene implicaciones que van más allá de este propósito. Quienes se oponen a la propuesta aseguran que le cierra la puerta a la eutanasia (una de las opciones para morir dignamente avalada por LA Corte Constitucional) y pondría en el terreno ilegal a los profesionales que trabajan en reproducción humana asistida.

Los conservadores buscan que el artículo 11 de la Constitución de 1991 entienda la vida como un derecho “inviolable” que reciba igual protección “desde la fecundación hasta la muerte natural”. 

El tema preocupa a varios sectores. Para Juan Mendoza Vega, presidente de la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente, de aprobarse, se legislaría en contra de la sentencia C-239 de 1997 de la Corte Constitucional que permite que la eutanasia sea una alternativa para quienes se encuentren en el estado terminal de una enfermedad y deseen morir voluntariamente.

 

Aunque el tema no ha sido regulado por el Congreso, 14 años después de emitida la sentencia, hoy en Colombia sólo un médico puede realizar este procedimiento si el paciente se lo manifiesta. Pero, por no estar regulado, “toca hacerlo en la intimidad de la familia, razón por la que no existen registros ni estadísticas”, asegura Mendoza. 

El exmagistrado de la Corte Constitucional Carlos Gaviria, ponente de esta sentencia y defensor del aborto en sus tres casos excepcionales, es crítico de la propuesta que lideran los conservadores. “Esto equivaldría a un cambio de la Constitución (...) porque la del 91 entiende la vida como un derecho y no como una obligación”. 

Miguel Gómez, representante a la Cámara del Partido de La U, uno de los firmantes de la iniciativa, defiende el concepto de “muerte natural” y asegura que si se aprueba la iniciativa, el médico es quien podrá decidir el futuro del paciente. 

“Cuando los parámetros de recuperación científicos no permiten esperanzas, esa decisión la toma el médico, acompañada por miembros de la familia. Hoy existe la posibilidad de que una persona solicite que no se proceda más allá de lo que la naturaleza dicta. El médico, que por obvias razones está para salvar vidas, es quien toma la decisión”, asegura Gómez, defensor del proyecto de los conservadores. 

Esta postura, agrega Carlos Gaviria, “es un recorte de la autonomía del individuo” de decidir sobre su vida. “Es inconcebible dentro de la Constitución”, dice.

 

Fecundación in-vitro ¿un delito?

 

Quienes defienden la eutanasia no son los únicos preocupados. Los profesionales que trabajan en reproducción humana asistida consideran que si el Congreso decide aprobar este proyecto de reforma constitucional, su labor se convertiría prácticamente en un delito. 

Para el representante Miguel Gómez, la propuesta no tiene por qué afectar las prácticas en las que no se manipulan los embriones y aclara que “no es un proyecto contra la ciencia”.

Sin embargo, para Carlos Sarria, ginecólogo experto en reproducción humana, la propuesta sí “coarta” el ejercicio, por ejemplo, para realizar tratamientos de fecundación in-vitro a las parejas que no pueden tener hijos y recurren a la ayuda de la ciencia como alternativa para ser padres. 

Este procedimiento (que consiste en extraer los óvulos de la mujer para fecundarlos con el esperma del hombre en el laboratorio) requiere entre 5 y 8 óvulos que se fertilizan fuera del cuerpo de la mujer, y de los cuales solo uno o dos serán aptos para transferirlos al útero de la futura mamá. 

Los óvulos fecundados que no cumplen las condiciones para ser transferidos al cuerpo de la mujer, se desechan. De aprobarse la propuesta de los conservadores, se entendería como un ser humano a cada uno de esos óvulos fecundados, por lo tanto, desecharlos iría contra la ley. 

“Le estarían poniendo condiciones a la práctica médica universal”, dice Sarria, quien advierte que cuando el óvulo fecundado se implanta en el sitio que no debe (como en las Trompas de Falopio) se presenta un embarazo ectópico que pone en peligro la vida de la mujer y para salvarla es necesario extirparlo. 

En la actualidad, este procedimiento que médicamente no se entiende como un aborto no tiene consecuencias legales. Sin embargo, si se realiza el cambio en la Constitución que lideran los conservadores, y que cuenta con el apoyo de las iglesias católica, musulmana y cristiana, este procedimiento también sería ilegal.

 “Si se opera a la señora (para extraer el embrión) y se considera que es un ser humano, entonces se comete un asesinato. Esto generaría incertidumbre y temores. Llevamos muchos años operando embarazos ectópicos. (...) A la luz de la ciencia, lo que hacemos es ayudar a las personas que por métodos naturales no han podido tener hijos y eso alcanza a ser hasta el 15 por ciento de las parejas que hay en el país”, agrega Sarria.

 Dentro de los opositores a la propuesta también está el senador conservador Juan Mario Laserna, quien cree que decisiones como estas deben “pertenecer a la esfera estrictamente personal” en las que deben existir límites para el Estado y los gobiernos.

 

“Hay cosas que son competencia del resorte humano, de la privacidad de la personas –dice Laserna–. No creo que se pueda prohibir la fertilización in-vitro, en un mundo moderno y una sociedad que va cambiando”.

 

“Hay influencia religiosa”

 

Existe el temor de que Colombia siga el ejemplo de Costa Rica, en donde quedó prohibido desde el 2000 cualquier tipo de tratamiento de reproducción humana asistida, en parte por la presión que ejerció la Iglesia Católica que lideró una campaña para catalogar este tratamiento como un homicidio. Hoy, parejas que deseen una fertilización in-vitro deben hacerlo en otros países.

El tema es tan polémico, que entender la vida “desde la concepción”, para varias organizaciones sociales*, llevaría a prohibir métodos anticonceptivos como el dispositivo intrauterino (DIU), puesto que funciona después de la fecundación. Este método se caracteriza por estimular al útero a liberar sustancias que son hostiles para un óvulo fecundado.

Los que están en contra coinciden en que la postura religiosa, en particular la católica, permea la polémica propuesta que radicó el Partido Conservador. “Intentan obligar a que las normas de una religión las tengamos que seguir todos, queramos o no queramos”, dice el presidente de la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente. 

Esta posición también la comparte el exmagistrado Carlos Gaviria. “Los conservadores piensan que las mayorías en un país pueden hacerlo todo, pero resulta que los derechos no están sometidos al querer de las mayorías. Hay que defenderlos, incluso, en contravía de ellas”.

 

CONSERVADORES LLEVARÁN PROYECTO CONTRA EL ABORTO A LA UNIDAD NACIONAL

 

Al radicar el acto legislativo que propone prohibir el aborto, el presidente del Partido Conservador insistirá en llevarlo a la Mesa de la Unidad Nacional para que tenga el aval del presidente Juan Manuel Santos.

Más de cinco millones de firmas respaldaron el proyecto de reforma constitucional que prohíbe el aborto en Colombia, incluso en los tres casos excepcionales en los que la Corte Suprema de Justicia autorizó su práctica. 

Las firmas, recogidas durante un año por organizaciones no gubernamentales en todo el país, fueron simbólicas, pues el secretario del Senado, Emilio Otero, aclaró que a este proyecto se le dará trámite como iniciativa congresional.

De haber sido iniciativa ciudadana, el comité promotor de recolección de firmas debía haberlas radicado ante la Registraduría antes de presentar el proyecto en el Congreso. Por esta vía, el proyecto hubiera tenido prelación en la agenda del Congreso. 

Fueron 50 los congresistas que respaldaron con su firma este proyecto. Además de la bancada del Partido Conservador, algunos miembros del partido de La U respaldaron la iniciativa. En el Senado, el proyecto tendrá como ponente al conservador José Darío Salazar, mientras que en la Cámara de representantes, Miguel Gómez (La U, de origen conservador) será el defensor de la iniciativa.

José Darío Salazar, presidente del Partido Conservador, insistió en que este proyecto lo llevará la Mesa de la Unidad Nacional, para que no solo tenga el aval del gobierno, sino también el de los otros cuatro partidos de la coalición (La U, Partido Liberal, Cambio Radical y Partido Verde).

La fórmula, según reveló Salazar, será presentar documentos y sentencias con los que se pretende demostrar que el espíritu de la Asamblea Constituyente fue preservar la vida desde la concepción. 

Precisamente, esa será la modificación que pretende hacer el proyecto al artículo 11 de la Constitución del 91, al incluir que el derecho a la vida es inviolable y recibirá igual protección “desde la fecundación hasta la muerte natural”.

 

La iniciativa deberá cursar ocho debates, cuatro de ellos antes de diciembre, de lo contrario el proyecto se hundiría.

 

Aborto, sin unidad nacional

 

El presidente del Senado, Juan Manuel Corzo, al ser indagado sobre el ambiente de este proyecto en el Congreso, no quiso anticiparse, pues admitió que será uno de los debates más intensos que tendrá el legislativo en este periodo. Aunque como conservador se mostró partidario de la iniciativa, ofreció plenas garantías para todos los sectores que participen de la discusión con opiniones divergentes.

 En otros sectores políticos no le ven ambiente a la propuesta. El vocero de La U en el Senado, Roy Barreras, calificó como un retroceso en materia de legislación “meter a la cárcel” a adolescentes violadas, mujeres con embarazos no deseados, o que estén en peligro de perder la vida en el embarazo. “Es un tema exclusivo de la cosecha ideológica del Partido Conservador, que es respetable”.

En el Partido Liberal la postura es de respeto y acatamiento a lo dispuesto por la Corte Constitucional, tal como lo expresó el senador Juan Manuel Galán, quien anticipa que de presentarse la anunciada iniciativa el partido no irá en contravía de las decisiones judiciales. 

Esa misma posición de respaldo y respeto a la sentencia de la Corte la defiende el excodirector de Cambio Radical, senador Fuad Char, quien dice que ni en la Mesa de Unidad Nacional, ni al interior del partido, se ha puesto en consideración el tema de la prohibición del aborto.

 Salazar dijo que el proyecto “no es retrógrado. Lo retrógrado sería no preservar la vida”.

 

Referendo, el ‘plan B’

 

José Darío Salazar, quien hace un año cuando fue el elegido presidente del Partido Conservador, dijo que insistirá en el camino del Congreso para llevar adelante esta iniciativa.

 Sin embargo, no descartó que, de fracasar en este propósito, busquen la vía del referendo.

 Precisamente, un miembro del Partido Conservador, el representante a la Cámara Heriberto Sanabria, propuso la consulta popular para que sea la sociedad la que se pronuncie, no sólo sobre el aborto, también sobre la unión de personas del mismo sexo.

 Salazar dijo que esa propuesta “no es descabellada”, en el sentido que el referendo “es la más amplia base democrática de los colombianos para cambiar la Constitución”. 

Recordó que el actual proyecto lo respaldan más de cinco millones de firmas, “es una expresión de la sociedad que no se puede desatender”.

 

Nueva arremetida contra la Corte

 

El presidente del Partido Conservador aprovechó la radicación del proyecto para enviar unos mensajes a la Corte Constitucional al señalar que ese alto tribunal no hace parte del “poder soberano” para cambiar la Constitución. “Los magistrados, como guardianes de la Constitución, en lugar de modificarla tienen que preservar su letra como si fuera de bronce”.

 Salazar dijo que el fallo de la Corte sobre el aborto, al señalar tres excepciones (malformación genética del feto, embarazo peligroso para la madre, y violación), se ha convertido en una “ventana para el genocidio”. Recordó que en Colombia 950 abortos se han practicado tras la decisión de la Corte, pero de estos 167 “sin causas conocidas”.

 

CARACOL RADIO

 

GOBIERNO RADICARÁ HOY LA REFORMA A LA JUSTICIA

 

Luego de estudiar el texto final del articulado, el presidente Juan Manuel Santos dio el visto bueno para que fuera radicado hoy el proyecto que pretende reformar el sistema judicial.

 

Sin lograr una concertación total con las altas cortes, el Ejecutivo se propone reglamentar la tutela, para que en ciertos temas y casos sea un solo tribunal el que tenga la última palabra y no haya otro que tumbe esa decisión.

También se plantean medidas de descongestión de más de 2 millones de casos que hay en los juzgados, a través de darle facultades especiales a abogados, ex magistrados y notarios para que hagan las funciones de jueces por al menos dos años.

Así mismo el Gobierno plantea eliminar la comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, que investiga a los ex presidentes de la República, para que un grupo de personas, elegidas por el Congreso, con las mismas calidades para ser magistrados, lleven los procesos, en vez de congresistas que, muchas veces, no tienen la experiencia necesaria.

También en la reforma se plantea la segunda instancia para la investigación y el juzgamiento de los congresistas, que por ahora solamente acuden ante la Corte Suprema de Justicia.

 

EL NUEVO SIGLO

 

DIEGO ARANGO

 

“Se arroga facultades sin respetar separación de poderes”

ES  inconcebible que la Corte Constitucional que fue creada por la Constitución de 1991 no tenga claro jurídicamente su razón de ser.

Fue creada para conservar el espíritu de la Constitución misma y el deseo del constituyente. La Corte Constitucional más allá de salvaguardar la Carta Magna se arroga facultades legislativas sin respetar la separación de los poderes del Estado.

Sucede que hábilmente y con estilo político más que jurídico, la Corte ordena al legislador que resuelva reglamentar sobre el matrimonio gay antes de dos años, so pena de quedar legalizado automáticamente en caso de no resolverse, lo que indicaría que bajo una curiosa y original figura leguleya se aprobaría en Colombia la unión homosexual sin los requisitos constitucionales como son el Congreso de la Republica o el constituyente primario. Con toda razón, el Procurador General de la Nación pedirá  a la Corte la nulidad de la sentencia sobre matrimonio. El Ministerio Público ha sido reiterativo respecto de que la familia es ‘el núcleo y la institución básica de la sociedad’, y ‘se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio’.

Las parejas del mismo sexo son una realidad social, existen y existirán a los ojos de la sociedad y la ley, pero que se conforme un matrimonio de estas uniones es muy distante, ya que matrimonio deriva de matriz que es madre y significa creación y donación de vida, la cual se logra por la unión de los dos sexos opuestos y así la creación de una familia.

El concepto de familia está claro en la Constitución y a la Corte no le es dable modificarlo. La función de este tribunal es precisamente la guarda de la Carta Fundamental y la interpretación fiel de sus principios.

Absurdo sería obrar en contrario. Entre las facultades de la Corte Constitucional tampoco está la de legislar. Esta tarea es potestativa del órgano legislativo. Es decir, que al Congreso es a quien corresponde legislar y debatir proyectos que una vez aprobados se transforman en leyes. A la rama judicial le compete interpretar las leyes dictadas por el legislativo.   

No puede la Corte Constitucional ser complaciente en su idea progresista, pues el derecho es taxativo y la Constitución como el Código Civil definen expresamente el significado de matrimonio, lo cual no permite interpretaciones acomodadas con el fin de validar lo inválido.